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Preguntas frecuentes del North Pension Fund

¿Qué hago cuando esté listo para retirarme?

 

Cuando esté listo para retirarse, llame al Centro de servicios para afiliados al 800-551-3225 , al menos 4 meses antes de su último día de trabajo, para solicitar una cita con un Asesor de retiro. Su Asesor de retiro le enviará un cálculo estimativo de la pensión y una solicitud para los beneficios de pensión, y revisará toda la documentación con usted durante su cita de asesoría. Sus beneficios de pensión se pagarán mensualmente, desde el primer día del mes siguiente a su retiro, siempre que haya enviado toda la documentación de forma adecuada y a tiempo.

¿Cuáles son mis opciones de pago cuando me retiro?

 

Al llenar la solicitud de pensión, tiene varias opciones de pago para elegir:

  • Pensión vitalicia individual: para participantes solteros y casados (con el consentimiento del cónyuge).
  • Pensión conjunta y de sobreviviente del 50%: sólo para participantes casados.
  • Pensión conjunta y de sobreviviente del 75%: sólo para participantes casados.

Si el valor de la suma global del equivalente actuarial de los beneficios pagaderos a usted o a su beneficiario es de $5,000 o menos, los beneficios se pagarán como un pago único en lugar de un cheque de pensión mensual de bajo monto (p. ej., menos de $30 al mes).

¿Qué es la Pensión conjunta y de sobreviviente?

 

La Pensión conjunta y de sobreviviente está disponible sólo para participantes casados. Tanto la Pensión conjunta y de sobreviviente del 50% como la Pensión conjunta y de sobreviviente del 75% le ofrecen beneficios de retiro mensuales durante toda su vida a usted, y a su cónyuge si le sobrevive. Si está casado, se le exige elegir una de estas dos opciones a menos que su cónyuge acepte que elija la Pensión vitalicia individual. Si elige la Pensión conjunta y de sobreviviente y muere antes que su cónyuge, su cónyuge recibe durante el resto de su vida el 50% o el 75% (según lo que haya elegido al momento de su retiro) del monto que usted había estado recibiendo antes de su muerte.

¿Qué es la Pensión vitalicia individual?

 

La Pensión vitalicia individual le brinda un beneficio de por vida. Su beneficio terminará cuando muera y no habrá más beneficios pagaderos a su beneficiario o cónyuge. Si está casado y quiere elegir la opción de Pensión vitalicia individual, su cónyuge debe firmar una Renuncia del cónyuge para indicar que ha aceptado renunciar a su derecho a la Pensión conjunta y de sobreviviente.

¿Puedo elegir a un beneficiario que no sea mi cónyuge para la Pensión conjunta y de sobreviviente?

 

No, no puede nombrar a nadie que no sea su cónyuge para beneficios de sobreviviente en virtud de la Pensión conjunta y de sobreviviente.

¿Puedo elegir un beneficiario para la Pensión vitalicia individual?

 

No, el Plan no paga beneficios a nadie después de su muerte. Los beneficios son pagaderos durante su vida únicamente.

¿Puedo hacer cambios en la opción de pago que he elegido después de comenzar a recibir mi pensión?

 

No, no puede cambiar la opción de pago que ha elegido una vez que haya comenzado a recibir su pensión.

¿Qué sucede si me divorcio antes de retirarme?

 

Si está pensando en divorciarse, debería recibir asesoría legal de un abogado sobre sus derechos a los beneficios en virtud del Plan o Planes. Conforme a los términos de su divorcio, su ex cónyuge podría tener derecho a una parte de su pensión. El Plan sólo puede pagar una parte de su pensión a su ex cónyuge si existe una Orden Judicial de Relaciones Domésticas Calificada (Qualified Domestic Relations Order, QDRO) en los archivos del Fondo. Antes de presentar una QDRO ante los tribunales, usted o su abogado pueden comunicarse con la Oficina del Fondo para conocer los procedimientos que lo ayudarán a asegurarse de que el Fondo puede hacer cumplir los términos de la orden.

¿A qué edad puedo retirarme y recibir mis beneficios de pensión?

 

Puede retirarse desde los 55 años si tiene al menos 10 años de servicio con derecho adquirido. Su pensión se reduce según el número de meses que se retire antes de los 65 años. Sus beneficios mensuales se reducen por cada año que se retira tempranamente; esta reducción se debe a que recibirá beneficios de pensión durante un período más largo de tiempo que si se retirara a los 65 años, su edad normal de retiro. De otro modo, puede retirarse a su edad de retiro normal. Puede recibir una Pensión por incapacidad desde los 60 años si ha cumplido con los requisitos de servicio del Plan de pensiones (10 años) y se determina que ha sufrido una incapacidad total y permanente mientras trabajaba en un empleo cubierto (según lo prueba un Aviso de concesión de discapacidad del Seguro Social). Consulte la Descripción abreviada del plan correspondiente para obtener más información.

¿Cuándo recibo mi pensión mensual? ¿Cuándo me la envían por correo o la depositan en mi cuenta?

 

Los pagos de beneficios se realizan el primero del mes o aproximadamente en esa fecha. La mejor forma de garantizar que sus beneficios de pensión estén disponibles el mismo día cada mes es solicitar que se depositen directamente en su cuenta de banco a través de nuestro programa de depósito directo. El depósito directo le ofrece la comodidad de tener su dinero disponible el primer día de cada mes sin tener que ir al banco, y la tranquilidad de saber que sus beneficios serán depositados de forma segura en su cuenta, y no se retrasarán en el correo ni quedarán esperando en su buzón cuando usted no esté.

¿Son gravables mis beneficios de pensión?

 

Sus beneficios de pensión son gravables porque se consideran ingresos a los efectos de los impuestos federales. Si así lo solicita, el Plan deducirá los impuestos federales de su cheque de pensión. Se aplican reglas especiales para los retirados que son ciudadanos estadounidenses y viven fuera del país.

¿Reducirá mi pensión el monto que recibo del cheque del Seguro Social?

 

Sus beneficios de pensión no afectan su pago de beneficios del Seguro Social. Además, cualquier beneficio que pudiera recibir por incapacidad no se ve afectado por el Seguro Social. En cualquier caso, sus beneficios de pensión son totalmente separados y no se verán afectados por sus beneficios del Seguro Social.

¿Puedo recibir mi pensión en un pago único?

 

Si el valor de la suma global del equivalente actuarial de los beneficios pagaderos a usted o a su beneficiario es de $5,000 o menos, los beneficios se pagarán como un pago único en lugar de un cheque de pensión mensual de bajo monto (p. ej., menos de $30 al mes). Dicha distribución no requerirá el consentimiento suyo ni el de su beneficiario, y ya no se pagarán más beneficios a usted o a su beneficiario. Si el valor de la suma global de los beneficios pagaderos a usted o a su beneficiario es superior a $5,000, no se aplica el pago único y los beneficios se pagarán como una anualidad mensual.

¿Puedo transferir los beneficios de este Plan a otro plan de pensiones o transferir a este Plan otro plan de pensiones o 401(k)?

 

En la mayoría de los casos, no. Sin embargo, sí puede hacerlo si su pensión es pagadera como un pago único porque el valor es inferior a $5,000.

Ya que estoy afiliado a la 32BJ y he pagado mis cuotas de forma regular, ¿tengo derecho a una pensión?

 

Los beneficios no se basan en el pago de las cuotas. La participación en las pensiones depende de los términos del contrato sindical con el que estaba cubierto. Si el contrato exigía contribuciones al plan de pensiones para su categoría de empleo, es posible que esté participando en el plan. La elegibilidad para una pensión está sujeta a la satisfacción de los requisitos de derechos adquiridos del Plan.

¿Puedo contribuir al plan de pensiones?

 

No. El plan de pensiones no acepta contribuciones de sus participantes. El Plan solo acepta contribuciones de empleadores que han firmado un contrato con la Unión. Las contribuciones realizadas por su empleador aseguran que los participantes con derecho adquirido reciban un beneficio de pensión definido cuando se retiren. Una vez que se retiran, los participantes con derecho adquirido tienen garantizado un beneficio de pensión mensual específico durante el resto de sus vidas.

¿Qué sucede si vuelvo a trabajar después de mi retiro?

 

Es posible que se suspenda su pensión. Los pagos comienzan al retirarse conforme a las reglas del Plan y continuarán generalmente durante el resto de su vida. Si está recibiendo una pensión de este Plan, su beneficio de pensión mensual será suspendido de forma permanente en cualquier mes en el que usted trabaje en un Empleo descalificador. Un Empleo descalificador es un empleo de 40 horas o más al mes para un empleador contribuyente del mismo sector o industria en el que trabajaba mientras participaba en el Plan. En general, mientras trabaje en un Empleo descalificador, el Fondo no puede pagar sus beneficios de pensión hasta el 1 de abril del año calendario siguiente al año calendario en el que cumple 70 años y medio. Sin embargo, mientras continúe trabajando en un Empleo cubierto, seguirá acumulando créditos de pensión adicionales hasta el punto exigido en virtud del Plan. Sin embargo, si continúa trabajando en un Empleo descalificador después del 1 de abril siguiente al año en que cumplió 70 años y medio, cualquier servicio para beneficios adicionales que gané se verá reducido por el valor de los beneficios recibidos. La Oficina del Fondo colaborará con usted para determinar si puede continuar recibiendo sus beneficios de pensión en base al número de horas que trabaje en un empleo descalificador. Consulte la Descripción abreviada del plan para obtener más información.

¿Puedo cambiar el beneficiario de mi Pensión conjunta y de sobreviviente después de retirarme?

 

No. No puede cambiar su beneficiario si está recibiendo una Pensión conjunta y de sobreviviente, incluso si se divorcia o su cónyuge muere.

¿Seguiré siendo elegible para una pensión si tengo derecho adquirido y dejo el Plan antes de retirarme?

 

Sí, cuando se retire seguirá siendo elegible para el beneficio con derecho adquirido. El beneficio es pagadero a su edad normal de retiro (el primer día del mes después de que usted cumple 65 años) o en una fecha de retiro anterior si cumple con los requisitos de elegibilidad para retiro temprano del Plan. Consulte la Descripción abreviada del plan para obtener más información.

No estoy listo para retirarme, pero me gustaría averiguar cuál sería el monto de mis beneficios de pensión cuando me retire. ¿Cómo lo averiguo?

 

Puede escribir a la Oficina del Fondo a la dirección siguiente y pedir un “Benefit Statement” (Estado de beneficios). En base a la información disponible a través de su empleador, su estado de beneficios le proporcionará un cálculo estimativo del beneficio anual pagadero cuando cumpla 65 años.

Building Service 32BJ North Pension Plan
Retirement Services Department
25 West 18th Street
New York, NY 10011
Attention: Benefit Statement Request

¿Está garantizada mi pensión?

 

Sí. El plan de pensiones es un plan de beneficios definidos que proporciona beneficios garantizados de por vida a los participantes que tienen derecho adquirido cuando se retiran. Los beneficios en virtud del Plan también están asegurados hasta un punto limitado por la Pension Benefit Guaranty Corporation, una agencia de seguros federal. Para obtener más información sobre la PBGC y los beneficios que garantiza, visite su sitio web en www.pbgc.gov o comuníquese al (202) 326-4000.

¿Qué sucede con mi beneficio de pensión si muero antes de retirarme?

 

La ley federal exige que, si está casado, tiene derecho adquirido a beneficios de pensión y muere antes de retirarse, su cónyuge sea elegible para recibir un beneficio de sobreviviente antes del retiro en la forma de una Pensión conjunta y de sobreviviente del 50 % durante el resto de su vida. Su cónyuge puede empezar a recibir el beneficio en el momento en el que usted habría sido elegible para comenzar a recibir su pensión.

¿Qué sucede con mi beneficio de pensión si muero antes de retirarme y no estoy casado?

 

No hay beneficios de sobrevivientes pagaderos por parte del Plan si usted no está casado cuando muere.

¿Debo mantenerme en contacto con la oficina del Plan de pensiones después de retirarme o si abandono un empleo cubierto antes de retirarme?

 

¡Sí! Comuníquese con el Centro de servicios para afiliados al 800-551-3225 en las siguientes situaciones:

  • Si cambia de dirección o número de teléfono.
  • Si cambia su nombre. Los participantes deben enviar por escrito cualquier cambio de nombre a la oficina del Plan a:

Building Service 32BJ North Pension Plan
Retirement Services Department
25 West 18th Street
New York, NY 10011

  • Si se casa, divorcia, separa o queda viudo antes de retirarse. Su estado civil al momento de retirarse determina sus opciones de pagos de beneficios cuando se retire. También afecta lo que sucede con sus beneficios de pensión si tiene derechos adquiridos y muere antes de retirarse, así que no se olvide de notificar al Plan cualquiera de estos cambios. Es mejor enviar documentos certificados o notarizados a la oficina del Plan siempre que cambien sus circunstancias.